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Nuevo Impuesto Sobre Bienes No Productivos de aplicación en Cataluña

Es un impuesto que pasará a liquidarse cada año en el mes de junio, pero este año como excepción se liquidará antes del 30 de noviembre del 2019 y afectará al cálculo y liquidación de los ejercicios 2017, 2018 y 2019.

El modelo aprobado para su confección es el modelo 540 (Impuesto sobre Activos No Productivos de las personas jurídicas, en adelante IANP).

¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS PASIVOS DE ESTE IMPUESTO?

Son sujetos pasivos de este impuesto aquellas sociedades que:

  1. Tengan su domicilio fiscal en Cataluña;
  2. Tengan objeto mercantil, así, por ejemplo, no son sujetos pasivos de este impuesto las entidades patrimoniales.

¿QUE ACTIVOS NO PRODUCTIVOS ESTÁN SUJETOS AL IMPUESTO?

Los activos no productivos que están sujetos a este impuesto son:

  • Bienes inmuebles (viviendas, locales, terrenos…)
  • Vehículos a motor con potencia igual o mayor a 200 cv
  • Embarcaciones de recreo, aeronaves
  • Objetos de arte
  • Joyas

¿CUÁNDO TRIBUTAN ESTOS ACTIVOS?

  • Cuando se ceden gratuitamente a socios, propietarios o personas vinculadas a estos que los utilicen total o parcialmente para fines privados, salvo su uso forme parte de la nómina como retribución en especie.
  • No se consideran improductivos si el destinatario le paga a la sociedad por el uso un precio no inferior al de mercado. Si el precio es inferior al valor de mercado sí que se consideraran improductivos.
  • No se consideran improductivos si se ceden a trabajadores y se les contempla en la nómina como retribución en especie.

VALORACION DE LOS BIENES A EFECTOS DE LIQUIDAR EL IMPUESTO

Los bienes inmuebles se valoran por el valor catastral, los vehículos por su valor de mercado o por las tarifas publicadas por las tablas de valoracion de bienes usados aprobadas a efectos de ITPi AJD i ISD . El resto de los bienes se valorarán a valor de mercado.

CUOTA A TRIBUTAR

Se aplica una tarifa progresiva que va entre el 0,21% y el 2.75%.

Se ha de liquidar mediante el modelo 540 de forma telemática y ante la Agencia Tributaria de Cataluña.